LEY DE TRÁFICO. Artículo 75. Infracciones leves
Son infracciones leves las conductas tipificadas en esta ley referidas a:
- a) Circular en una bicicleta sin hacer uso del alumbrado reglamentario.
- b) No hacer uso de los elementos y prendas reflectantes por parte de los usuarios de bicicletas.
- c) Incumplir las normas contenidas en esta ley que no se califiquen expresamente como infracciones graves o muy graves en los artículos siguientes.